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año:2012
 
institución:PARTICULAR
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase Al oficio No. 08249 13 de agosto, 2012 DFOE-SOC-0694 MBA Gustavo Vallejo Esquivel Director Ejecutivo FFOONNDDOO DDEE BBEENNEEFFIICCIIOO SSOOCCIIAALL UUNNAA--SSIITTUUNN Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Fondo de Beneficio Social de la Universidad Nacional en relación con temas sobre el manejo y fiscalización de los recursos de este Fondo. Esta Área de Fiscalización se refiere a los oficios Nos. FBS-DE-430-2012, FBS- DE-718-2012, FBS-DE-941-2012; del 29 de febrero, 9 de abril y 3 de mayo, todos del 2012, que fueron recibidos en esta Contraloría General los días 29 de febrero, 12 de abril y 4 de mayo del año en curso. Por la índole de los temas planteados, fue necesario integrar al proceso consultivo a la Universidad Nacional 1 , por lo que se solicitó el criterio del Consejo Universitario y de la Contraloría Universitaria; los cuales fueron rendidos, el primero, con el oficio No. SCU-1314-2012 del 28 de junio del presente año y el segundo, con el oficio C.145.2012 del 21 de junio del 2012. II.. MMoottiivvoo ddee llaa CCoonnssuullttaa El Fondo de Beneficio Social de la Universidad Nacional, plantea una serie de interrogantes relacionadas con el ámbito de fiscalización de la Contraloría Universitaria, en relación con dicho Fondo. Específicamente, consulta lo siguiente: 1. ¿Cuáles son las normas de auditoría aplicables al Fondo de Beneficio Social de los Trabajadores de la Universidad Nacional, siendo éste un ente privado que administra fondos públicos? 1 De conformidad con el artículo 13 del “Reglamento sobre la recepción y atención de cons ...
Fecha publicación: 20/08/2012
Fecha emisión: 13/08/2012
Institución: PARTICULAR
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 08103 08 de agosto, 2012 DJ-0764-2012 Arquitecto M.Sc. William Monge Quesada Estimado señor Monge: Asunto: Consulta sobre la eventual existencia de un conflicto de intereses motivado por la designación como miembro de la Comisión Nacional de Patrimonio. Nos referimos a su oficio sin número de fecha 27 de junio del 2012, recibido en esta institución el día 29 de junio del mismo año, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor acerca de la eventual existencia de un conflicto de intereses motivado por la designación como miembro de la Comisión Nacional de Patrimonio, partiendo del hecho de que labora desde hace veinte años para el Teatro Nacional de Costa Rica, con el cual mantiene un contrato por dedicación exclusiva. I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer término, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se regula en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011), publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011. En estos textos normativos se establecen los requerimientos de obligado cumplimiento para la presentación de las gestiones de consulta. Cabe destacar que este órgano contralor, de conformidad con los artículos 8 y 9 del citado Reglamento, no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser resueltas por la institución solicitante en el ejercicio de sus competencias, de tal manera que lo que se emiten son criterios generales. Este proceder se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en ...
Fecha publicación: 11/08/2012
Fecha emisión: 08/08/2012
Documento: 08103-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Conflicto de Intereses , Deber de Probidad, Abstencion y Recusacion , Responsabilidad Penal , Trafico de Influencias , Responsabilidad Disciplinaria , Deberes del Jerarca y los Titulares Subordinados en Materia de Control Interno, Funcionario Publico


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Fecha publicación: 10/08/2012
Fecha emisión: 07/08/2012
Documento: 08107-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 08108 08 de agosto, 2012 DJ-0766-2012 Señora Ana Marcela Barrantes Gutiérrez Particular Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta relacionada con el pago de prestaciones legales. Se refiere este Despacho al oficio sin número, recibido en la Contraloría General de la República el pasado 26 de julio, por medio del cual se consulta si al interponer su renuncia puede solicitar el derecho al pago de prestaciones legales con la intención de no volver a trabajar con el gobierno. CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la indicada ley. En este sentido el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Ahora bien, interesa señalar que en el reglamento anteriormente relacionado se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General, dentro de los cuales interesa destacar: “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ingresen para su atención conforme al artículo 29 de la Ley No. 7428, deberán cumplir los siguientes requisitos: (…) 2 2. Plant ...
Fecha publicación: 10/08/2012
Fecha emisión: 07/08/2012
Documento: 08108-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 07990 6 de agosto, 2012 DJ-0758-2012 Señor Luis Guillermo Aguilar Murillo AGROPECUARIA SETENTA CUARENTA Y OCHO S.A. Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con el mecanismo de selección de los socios privados de una sociedad pública de economía mixta. Se refiere esta División a su oficio sin número, recibido el 25 de junio pasado1, mediante el cual solicita el criterio del órgano contralor, respecto al mecanismo de selección de los socios privados de una sociedad pública de economía mixta (en adelante SPEM). I CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer término, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011 publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011), este órgano contralor no tiene por norma referirse a casos o situaciones concretas. De manera puntual, en el artículo 8 de la norma reglamentaria antes mencionada se establece, como parte de los requisitos que deben cumplirse al momento de remitir consultas a la Contraloría General, que éstas deben “(…) Plantearse en términos generales, sin que se someta al órgano consultivo a la resolución de circunstancias concretas propias del ámbito de decisión del sujeto consultante, o que atañen a la situación jurídica del gestionante”. Lo anterior se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. ...
Fecha publicación: 09/08/2012
Fecha emisión: 06/08/2012
Documento: 07990-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Empresas Publicas, Competencias de las Municipalidades , Concejo Municipal, Sociedad pública de economía mixta SPEM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 06892 10 de Julio de 2012 DCA-1607 Ingeniero Freddy Rojas López Constructora Luna & Rojas Fax: 2220-3354. Estimado señor: Asunto: Rechazo de plano de la consulta planteada, por no estar dentro de la competencia de esta Contraloría General. Nos referimos a su nota sin numerar de fecha 25 de junio, por medio de la cual consulta si ante una visita al sitio que se considera obligatoria de acuerdo a la letra del cartel, el oferente que no se presente en fecha y hora programada, deberá ser excluido del concurso. Asimismo solicita nuestro criterio en relación a la validez que tendría una declaración jurada del oferente, en términos de que visitó el sitio en diferente hora y fecha de la programada. Criterio de la División. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, y los sujetos pasivos. Asimismo podrá evacuar las de los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la indicada ley. Artículo 29.- Potestad Consultiva. “La Contraloría General de la República evacuará las consultas que le dirijan los órganos parlamentarios o cuando lo soliciten al menos cinco diputados, que actúen conjuntamente, y los sujetos pasivos. Asimismo, podrá evacuar las consultas que le dirijan los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4. Tales consultas deberán ajustarse a las normas que, reglamentariamente, se establezcan para prever el buen uso de esta facultad”. 2 Por su parte el artícu ...
Fecha publicación: 13/07/2012
Fecha emisión: 10/07/2012
Documento: 06892-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 06788 04 de julio de 2012 DJ-0684-2012 Licenciado Rodrigo López Marín Administrador JUNTA ADMINISTRATIVA CONSERVATORIO CASTELLA Estimado señor Asunto: Se rechaza consulta relacionada con la interpelación de la licitación abreviada No 1-2010 Se refiere este Despacho a su oficio número ADM-JACC-1077-2012C de fecha 15 de junio del 2012, recibido en este ente Contralor el pasado 21 de junio del 2012, por medio del cual se consulta sobre la licitación abreviada No 1-2010 “Contratación del servicio de transportes para los estudiantes del Conservatorio Castella cursos electivos 2011-2012-2013”, específicamente en cuanto a la posibilidad de la aplicación de prorrogas o caducidad, por parte del Conservatorio Castella. CRITERIO DEL DESPACHO En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Ahora bien, interesa señalar que en el reglamento anteriormente relacionado se establecen algunos requisitos de obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la Contraloría General de la Republica. En ese sentido, su artículo nu ...
Fecha publicación: 08/07/2012
Fecha emisión: 05/07/2012
Documento: 06788-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 06620 03 de julio, 2012 DJ-0671-2012 Arquitecto Róger Sánchez Rojas Regidor suplente CONCEJO MUNICIPAL MUNICIPALIDAD DE LA UNION Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la eventual existencia de un conflicto de intereses motivado por el ejercicio profesional al tramitar permisos de construcción Nos referimos a su oficio sin número de fecha 23 de mayo del 2012, recibido en esta institución el día 23 de mayo del mismo año, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor acerca de la eventual existencia de un conflicto de intereses motivado por el ejercicio profesional al tramitar permisos de construcción, dado que brinda servicios profesionales en arquitectura e ingeniería de forma independiente, siendo que participa de diferentes comisiones en la toma de decisiones y las mismas dan las recomendaciones al Concejo Municipal. I. CONSIDERACIONES PRELIMINARES En primer término, señalamos que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, se regula en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y el Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (Resolución N° R-DC-197-2011), publicado en el diario oficial La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011. En estos textos normativos se establecen los requerimientos de obligado cumplimiento para la presentación de las gestiones de consulta. Cabe destacar que este órgano contralor, de conformidad con los artículos 8 y 9 del citado Reglamento, no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas que deben ser resueltas por la institución solicitante o en su caso por la Auditoría Interna en el ejercicio de sus competencias, de tal manera que lo que se emiten son criterios generales. 2 Este proceder se funda, en el interés de no sustituir a las ...
Fecha publicación: 06/07/2012
Fecha emisión: 03/07/2012
Documento: 06620-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Pluses salariales, Desempeño simultáneo de cargos, Incompatibilidades , Conflicto de Intereses


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 06525 02 de julio de 2012 DJ-0666-2012 Licenciado Jesús Villafuerte Gutiérrez villa_0265@hotmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza la gestión formulada por no cumplir con los requisitos para la presentación de consultas ente la Contraloría General de la República. Nos referimos al oficio sin número de fecha 22 de mayo de 2012, recibido en este órgano contralor el 14 de junio de los corrientes, mediante el cual indica que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social demandó a una Junta de Educación, en un Juzgado Contravencional, llegando a un acuerdo conciliatorio en el que la Junta se comprometió a pagar a favor de dicho Ministerio, un poco más de novecientos mil colones, motivo por el cual, solicita se le aclaren las siguientes preguntas: “¿puede recibir el Ministerio de Trabajo esos Dineros?, ¿no es cierto que esos dineros van a las arcas del Ministerio de Hacienda?” Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, No. 7428 del 07 de setiembre del año 1994 y el reglamento R-DC-197-2011 publicado en Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011 denominado: “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos plantea no se ajusta a los términos de la normativa citada, tal y como se expone a continuación. El artículo 8 del reglamento de referencia establece los requisitos para la presentación de consultas ante esta Contraloría General. Por lo que de acuerdo con ello, se advierte que la solicitud consultiva de marras no cumple lo preceptuado en el inciso primero del artículo antes citado, esto debido a que su consulta no se enmarca en el ámbito de competencia de este órgano contralor, ya que el Ministerio de Hacienda constituye el rector del sis ...
Fecha publicación: 01/07/2012
Fecha emisión: 28/06/2012
Documento: 06525-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 06695 04 de julio de 2012 DJ-0678-2012 Señor Braulio Carrillo Montoya FAX: 2767-9019 Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta con el fin de determinar si existe o no impedimento para que síndicos y regidores puedan ejecutar trabajos administrativos ad honorem dentro del municipio en que fueron electos y conocer qué dice la ley al respecto. Se brinda respuesta a su oficio N° ADCOZELA 25-2012, de fecha 24 de mayo de 2012, recibido en esta Contraloría General el día 25 del mismo mes y 25 de junio, ambos del 2012, vía fax, mediante el cual se solicita criterio de este Despacho con respecto a si existe o no impedimento para que síndicos y regidores puedan ejecutar trabajos administrativos ad honorem dentro del municipio en que fueron electos y conocer qué dice la ley al respecto, toda vez, que no fueron elegidos para ejecutar funciones administrativas. I. Consideraciones Preliminares Antes de emitir el criterio, es necesario advertir que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General y normada en el artículo 29 de su Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Resolución Nº R-DC-197-2011 del 13 de diciembre de 2011, que es Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República publicada en La Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011, se establece en el numeral 6 de dicho reglamento quienes son los sujetos con legitimación para realizar consultas ante el órgano contralor. No obstante, en razón de que así lo permite el artículo 9 del reglamento citado, de forma excepcional y por ser un tema vinculado con el ámbito competencial de la Contraloría General, y con un afán de colaboración con el consultante, estimamos pertinente efectuar algunas consideraciones de c ...
Fecha publicación: 01/07/2012
Fecha emisión: 28/06/2012
Documento: 06695-2012.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Deber de Probidad, Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Conflicto de Intereses , Incompatibilidades , Superposicion Horaria